Santo Domingo, El Pregonero.- El Tribunal Constitucional (TC) ha ratificado que los registros o fichas policiales deben ser archivados como históricos una vez transcurridos diez años, de acuerdo con la normativa vigente para el manejo de dicha información.
El tribunal señaló que cumplir con este plazo no equivale a la eliminación de los registros. La información debe cambiar a un estatus de archivo reservado, lo que implica que, aunque no se desestima, su acceso debe estar restringido.
Esta disposición busca asegurar la protección de los datos personales y el adecuado manejo de los antecedentes presentes en los registros policiales. El TC enfatizó que el tiempo transcurrido afecta la forma en que debe conservarse la información.
Según el criterio del tribunal, las autoridades no deben interpretar el fin del plazo como una autorización para mantener la información accesible sin las pertinentes limitaciones.
Además, la decisión subraya la diferencia entre conservar un registro para fines históricos o institucionales y utilizar esos datos como si tuvieran la misma relevancia que durante el período de vigencia determinado.
Con esta reafirmación, el Tribunal Constitucional sostiene su postura sobre la gestión de las fichas policiales después de diez años, estableciendo que deben permanecer bajo reserva en los archivos correspondientes sin que esto signifique su eliminación.






