La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible el recurso de casación presentado por Jean Alain Rodríguez Sánchez, exprocurador general de la República, al no demostrar el interés casacional necesario. Esta decisión reafirma la indemnización de RD$2 millones y los intereses judiciales, establecidos por la Corte de Apelación, relacionados con la suspensión del programa El Jarabe de Zapete.
La sentencia SCJ-PS-26-1757, emitida el 31 de agosto de 2026, concluyó que el apelante no cumplió con los requisitos necesarios de acuerdo a la Ley núm. 2-23. La Suprema Corte no evaluó el fondo de las objeciones, manteniendo así vigente la decisión núm. 1303-2024-SSEN-00306, dictada el 26 de agosto de 2024 por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional.
En esta resolución, se condena a Rodríguez Sánchez a indemnizar a Zapete con RD$2 millones por daños morales, además de un interés judicial mensual del 1.5% desde la notificación de la sentencia hasta su total ejecución. La demanda interpuesta contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, fue desestimada, ya que no se demostraron daños materiales.
Este asunto se origina a partir de información presentada por Zapete el 25 de septiembre de 2019 en su programa El Jarabe de Zapete, donde realizó una investigación sobre contratos entre el Ministerio de Obras Públicas y el Grupo Asimra, SRL, para el suministro de cemento asfáltico AC-30. Algunos de estos contratos, firmados en 2017, involucraban a Maybeth Rodríguez Sánchez en representación de la empresa.
Zapete pidió que se investigaran estas contrataciones, mientras que Maybeth Rodríguez Sánchez afirmó en una comunicación no haber sido suplidora del Estado y luego desistió de una acusación penal privada por difamación en 2020.








