República Dominicana enfrenta condena por ejecuciones extrajudiciales

Por John Garrido

Según el derecho internacional, una muerte extrajudicial, también conocida como ejecución extrajudicial, se refiere a la privación de la vida efectuada por miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, ya sea en el ejercicio de sus funciones o no. Esta definición incluye situaciones donde la intención de matar no es evidente, pero que resultan en la muerte de un individuo. También se contempla como ejecución extrajudicial cualquier privación arbitraria de la vida realizada por agentes del Estado, o con su complicidad y sin un debido proceso legal.

La Policía Nacional y otras fuerzas de seguridad han estado involucradas en la práctica de ejecutar a presuntos delincuentes en enfrentamientos armados, con un promedio de más de una muerte diaria. En el presente año 2026, ya se reportan más de 200 muertes, y en septiembre se registraron 31, según Manuel María Mercedes, representante de la Comisión de Derechos Humanos en República Dominicana.

Esta práctica ha llevado a que el Estado dominicano sea declarado culpable en el ámbito internacional por su enfoque en la lucha contra la delincuencia a través de la violencia. En 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló en el caso Nadege Dorzema y Otros contra República Dominicana por violaciones a los derechos humanos. El proceso se originó en el contexto de la migración ilegal de haitianos en el año 2000. Un grupo de migrantes haitianos, tras cruzar el Río Masacre y ser acogidos por un dominicano, fue perseguido por las autoridades, lo que resultó en un ataque armado en el que murieron más de cinco persones y muchos otros quedaron heridos.

La resolución del tribunal establece la responsabilidad del Estado por violar derechos fundamentales, como el derecho a la vida y la integridad personal. La Corte ordenó que se inicie una investigación sobre los hechos, se reconozca públicamente la responsabilidad y se emitan disculpas públicas, así como la creación de programas de formación para las fuerzas de seguridad y campañas de concienciación sobre los derechos de los migrantes. Esta sentencia, emitida el 24 de octubre de 2012, subraya el uso excesivo de la fuerza por parte de las autoridades y requiere que la legislación dominicana se ajuste a los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza.

La serie de muertes en enfrentamientos armados plantea la posibilidad de que República Dominicana sea nuevamente declarada responsable por violaciones de derechos humanos bajo la Convención Americana de Derechos Humanos. Se concluye que la política de mano dura no es efectiva y que las ejecuciones extrajudiciales no son el camino para determinar la culpabilidad penal. La función de la Policía Nacional debe ser la protección de la vida, no su eliminación.

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