ASUNCIÓN, PARAGUAY.– El abogado y académico dominicano Manuel Conde Cabrera instó a los jueces a implementar las normas del derecho de la competencia al evaluar las decisiones de las autoridades reguladoras. En su opinión, deben tener en consideración el tipo de conducta que se investiga, las evidencias requeridas por la legislación y las garantías del debido proceso.
Este llamado fue realizado durante la conferencia titulada “Revisión judicial de las resoluciones de la autoridad de competencia”, que tuvo lugar el viernes 9 de octubre en el marco del Día Nacional de la Competencia 2026, evento organizado por la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) de Paraguay, en la Casa de la Integración de CAF, en Asunción.
Conde explicó que es esencial que los tribunales identifiquen primero la conducta en cuestión, que podría ser un acuerdo anticompetitivo entre competidores, un abuso de posición dominante o una concentración económica, cada uno con distintos requisitos de prueba y procedimientos.
El jurista subrayó que "el derecho de la competencia estipula qué se debe probar, y lo hace de forma diferente para cada práctica". Al hablar sobre acuerdos entre competidores, como cárteles y colusiones en licitaciones, enfatizó que corresponde a la autoridad demostrar la existencia de tales acuerdos y la participación de los implicados, mientras que las empresas deben justificar cualquier eficiencia que sustenten.
"La regla per se no disminuye el estándar de prueba; modifica el objeto de la misma", aclaró, enfatizando que esta norma no exime de probar los hechos que constituyen la infracción.
En relación al abuso de posición dominante, Conde indicó que la autoridad debe demostrar el efecto anticompetitivo cuando sea un componente de la conducta prohibida. Para las concentraciones económicas, el enfoque se centra en evaluar si una operación constituye un riesgo para la competencia antes de su realización.
También destacó que el derecho administrativo establece garantías que deben seguirse en estos procedimientos, como la presunción de inocencia en los procesos sancionadores, el acceso al expediente, el derecho a ser oído y la adecuada motivación de las decisiones.
El abogado advirtió que es necesario que los jueces eviten dos extremos: renunciar al control por la complejidad técnica de una resolución o sustituir a la autoridad mediante un análisis económico propio. "Al juez no se le exige ser economista. Se le solicita que verifique que la autoridad haya cumplido con la carga probatoria adecuada, respetando las garantías del procedimiento", afirmó.
Conde concluyó que la revisión judicial debe incluir la calificación legal de los hechos, la valoración de las pruebas y la proporcionalidad de las sanciones, sin reemplazar la evaluación técnica de la autoridad ni abdicar de la función de control que les corresponde a los tribunales. "Ni sustituir ni abdicar: controlar", declaró.
Manuel Conde es profesor de Derecho Administrativo y Procedimiento Administrativo en la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) y docente de posgrado en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).







